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Conoce tus derechos - San Diego

En un momento en que las comunidades de inmigrantes enfrentan un ataque constante, es crucial que los inmigrantes conozcan sus derechos, se familiaricen con las leyes que podrían protegerlos y comprendan sus opciones para acceder a los servicios gubernamentales.

Mantenerte informado es una herramienta clave para protegerte y proteger a tu familia. Empodérate con información sobre las leyes federales y estatales con respecto a los inmigrantes, elabora un plan en caso de que ocurra una emergencia y mantente al día sobre las nuevas leyes y desarrollos relacionados con la inmigración a continuación.

 

Tus derechos y responsabilidades al estar preparado

 

 

Las emergencias ocurren, a menudo cuando menos las esperamos. Es tu derecho y responsabilidad mantenerte informado y crear un plan de emergencia para ti y tu familia, para defender tus derechos, y los de ellos, antes de que tu familia se vea afectada. Crear un plan de emergencia es fácil. Solo sigue estos tres sencillos pasos:

REÚNE, CREA y COMPARTE.


REÚNE información clave, incluidas las que se enumeran a continuación, y mantenla en un lugar seguro y accesible:

  • Documentos (certificados de nacimiento, pasaportes, etc.), contactos importantes y recursos.
  • Documento legal que otorgue autoridad a tu cónyuge u otra persona a elegir para que pueda tomar decisiones por ti.
    • Ejemplo: Con un poder legal firmado por ti, tu cónyuge podría vender tu automóvil, incluso si el título está a tu nombre.
  • Documentos legales que te ayudarán a prepararte para una separación a largo plazo. Considera seleccionar a un miembro de la familia o un amigo de confianza para que sirva de tutor temporal para tus hijos.
  • Formulario G-28: Este formulario le permite obtener representación legal antes de necesitarla. Tu lo firmas, pero un abogado no tiene que firmarlo al mismo tiempo. Si te arrestan, el formulario que firmaste facilitará que un abogado se reúna contigo.


CREA el plan y anótalo:

  • Escribe el itinerario familiar que incluya la hora de llegada y salida del trabajo, la escuela y las rutas comunes o habituales que tu familia toma para ir a trabajar o a la escuela.
  • Haz una lista con la información de contacto de familiares y amigos que pueden ayudar si algún miembro de la familia es detenido.


COMPARTE con miembros de la familia de confianza:

  • Lleva a cabo una reunión familiar con tu pareja e hijos, y explica calmadamente cuáles son los riesgos reales de una deportación.
  • Revisen el plan juntos y asegúrate de que cada miembro de la familia sepa lo que tienen que hacer en caso de una emergencia.


Para obtener más información sobre cómo crear un plan de preparación familiar, haz clic aquí.

 

Tus derechos cuando la policía toca tu puerta

 


1. Si los oficiales de inmigración (CBP/ICE) o la policía intentan ingresar a tu casa: NO abras la puerta. Pídeles a los oficiales que se identifiquen y muestren una "orden" por debajo la puerta o a través de una ventana. Verifica que la orden les autoriza a ingresar tu dirección y propiedad específica.

2. Los oficiales deben tener una orden para ingresar. La orden debe incluir la palabra "WARRANT"y tu dirección. Si no, los oficiales no están autorizados para ingresar y no deberías darles permiso para hacerlo.

3. Si los oficiales entran de cualquier modo:

No intentes detenerlos.
Diles que no tienen tu permiso para ingresar.
Trata de obtener sus nombres o números de placa para presentar una queja.

CBP: https://help.cbp.gov/app/forms/complaint
ICE: https://www.dhs.gov/file-civil-rights-complaint
SDPD: https://www.sandiego.gov/communityreviewboard/filing/complaint-form

4. Si los oficiales tienen una orden válida:

Pueden ingresar a tu hogar pero SOLAMENTE pueden buscar a personas o artículos enumerados en la orden.
Verifica esta información antes de que ingresen a tu hogar.

5. Si te detienen, ejerce tu derecho a guardar silencio.

No tienes que hablar con un oficial.
Puedes permanecer en silencio o decirle al oficial que quieres hablar primero con un abogado o tu consulado.
You do not have to answer questions or present documents with your name, age, national origin, birthplace, or immigration status.
No firmes nada que no entiendas.

6. No mientas a los oficiales.

No presentes documentos falsos o mientas.
Eso sólo hará que empeores esta situación.

Si te arrestan, recuerda:

Tienes derecho de permanecer en silencio y no responder ninguna pregunta.
Tienes derecho a solicitar hablar con tu abogado o consulado.
No firmes ningún documento que no comprendas.

Visita nuestra página de Próximos Eventos para encontrar una presentación de Conoce tus derechos en tu comunidad.

 

Tus derechos en California

 

 

SB 54  ‘The California Values Act’

 

El 5 de octubre de 2017, el gobernador de California Jerry Brown firmó la Senate Bill 54, que luego entró en vigencia el 4 de enero de 2018 (aunque algunas disposiciones no entrarán en vigencia hasta octubre de 2018). La SB 54 prohíbe a las agencias estatales y locales de California, incluyendo departamentos de policía escolar, usar dinero o personal de agencias o departamentos para investigar, interrogar, detener, detectar o arrestar personas con fines de imposición de inmigración, creando espacios más seguros para las familias inmigrantes dentro de sus comunidades, en áreas tales como escuelas, centros de atención médica y juzgados.

Bajo la SB 54, la policía local NO PUEDE preguntar sobre el estado migratorio o utilizar agentes de inmigración, incluida la Patrulla Fronteriza, como intérpretes. La policía local NO PUEDE hacer arrestos en órdenes de inmigración civil, NO PUEDEN retener por inmigración y NO PUEDEN compartir información personal sobre individuos, como domicilios o direcciones de trabajo, con ICE, a menos que la información esté a disposición del público. Las autoridades locales tiene PROHIBIDO notificar a ICE las fechas de liberación o transferir a las personas a la custodia de ICE, excepto donde lo permita la Ley de Fideicomiso.


La protección de tus derechos bajo la ley de California también es tu responsabilidad. Reporta cualquier sospecha de violación a la SB 54 del ICE en la línea directa de CA: 1-844-878-7801 O 1-844-TRUST-01, o llena su Formulario PDF y envíalo por correo electrónico a [email protected].

AB 60 - Licencias de conducir


En octubre de 2013, el gobernador de California Jerry Brown firmó la ley AB 60, que permite a los inmigrantes indocumentados que viven en California solicitar una licencia de conducir.

Para solicitar una licencia de conducir AB 60, debes:

  • Llenar la solicitud de licencia DL-44
  • Pagar $33 por la tarifa de solicitud
  • Demostrar tu identidad
  • Demostrar que vives en California
  • Dar una huella digital, tomarte una foto y pasar una prueba de visión
  • Aprobar una prueba escrita para demostrar que conoces las reglas para conducir


Una vez que apruebas el examen escrito, el DMV te emitirá un permiso para practicar la conducción con otro conductor con licencia.

Una vez que tienes suficiente práctica manejando, haz una cita de seguimiento con el DMV para tomar la prueba de manejo. Lleva el comprobante de seguro del automóvil cuando vayas a la prueba de manejo

Después de pasar la prueba de manejo, el DMV te emitirá una licencia de conducir AB 60.

Haz una cita con el DMV para solicitar una licencia AB 60 llamando al 1-800-777-0133 o haz clic aquí para hacer una cita en línea.

Nota: Las licencias de conducir AB 60 tienen una marca distintiva visible que solo permite que se utilicen para conducir y no se pueden usar con fines federales o de otro tipo, como para abordar un avión. Si te preocupa solicitar una licencia de conducir por tus antecedentes penales o de inmigración, te sugerimos que hables con un abogado antes de presentar tu solicitud.

No necesitas pagar a nadie por información o servicios para ayudarte a solicitar la licencia AB 60. Si alguien te cobra por eso, está infringiendo la ley.

Derecho a la atención de salud


A pesar de la incertidumbre del futuro de la Ley de Asistencia Asequible (ACA), la ley sigue intacta, incluidas las multas para las personas que no tienen seguro antes de la fecha límite del 31 de enero. También sigue intacta la reciente ley de California, aprobada en mayo de 2016, que amplía Medi-Cal a todos los niños menores de 19 años, independientemente de su estado migratorio.

Creemos que nadie, independientemente de su estado migratorio, debería estar sin cobertura de salud. Aunque actualmente la cobertura para las familias indocumentadas es limitada, hay algunas opciones disponibles ahora. Encuentra más información sobre la cobertura de ACA para no ciudadanos y cómo inscribirte aquí.

OPCIONES DE ATENCIÓN MÉDICA PARA LOS DESTINATARIOS DE DACA


En California, los destinatarios de DACA pueden ser elegibles para Medi-Cal de cobertura completa, según los ingresos. Medi-Cal de cobertura completa se ha expandido a TODOS los niños de bajos ingresos (hasta 19 años de edad), independientemente de su estado migratorio, en California. Para inscribirte en Medi-Cal de cobertura completa, puedes hacerlo en persona en la oficina local de tu condado, llama al 1-866-262-9881 para programar una cita o inscríbete en línea aquí.

OPCIONES DE ATENCIÓN MÉDICA PARA INDIVIDUOS INDOCUMENTADOS


En California, las personas indocumentadas pueden ser elegibles para Medi-Cal limitado/de emergencia, basado en el ingreso. Inscríbete en Medi-Cal limitado/de emergencia en persona en una oficina local del condado, o inscríbete en un hospital del condado después de recibir servicios de atención de emergencia.

MEDI-CAL PARA NIÑOS INDOCUMENTADOS MENORES DE 19 AÑOS DE EDAD


Desde el 16 de mayo de 2016, todos los niños de bajos ingresos, independientemente de su estado migratorio, pueden inscribirse en la cobertura de salud y recibir atención. Para obtener más información acerca de cómo inscribirse haz clic aquí.

Nota: Las familias indocumentadas y aquellas que tienen el estado DACA no están cubiertas por la Ley de Cuidado de Salud Asequible (ACA) o por Covered California y, por lo tanto, están exentas del mandato.

No tengas miedo de acceder a las opciones médicas que están disponibles para los inmigrantes. Los inmigrantes tienen legalmente permitido recibir Medi-Cal en California y pueden beneficiarse de forma segura de los servicios.

 

ENLACES ÚTILES