En un momento en que las comunidades de inmigrantes enfrentan un ataque constante, es crucial que los inmigrantes conozcan sus derechos, se familiaricen con las leyes que podrían protegerlos y comprendan sus opciones para acceder a los servicios gubernamentales.
Mantenerte informado es una herramienta clave para protegerte y proteger a tu familia. Empodérate con información sobre las leyes federales y estatales con respecto a los inmigrantes, elabora un plan en caso de que ocurra una emergencia y mantente al día sobre las nuevas leyes y desarrollos relacionados con la inmigración a continuación.
Tus derechos cuando la policía toca tu puerta
1. NO ABRAS LA PUERTA.
Pide a los agentes que se identifiquen y muestren una orden judicial por debajo de la puerta o a través de una ventana o malla cerrada.
2. TU DERECHO CONSITITUCIONAL.
La cuarta enmienda de la constitución de EE. UU. otorga a cada persona el derecho a estar libre de registros irrazonables y a pedir una orden judicial.
3. TIENE QUE SER UNA ORDEN JUDICIAL.
Solo las órdenes judiciales son válidas para entrar. Debe decir “court” en la parte superior, estar firmada por un juez y tener tu dirección. Las órdenes administrativas de agencias como el Departamento de Seguridad Nacional (DHS en ingles) no son válidas para entrar.
4. SI ENTRAN DE TODOS MODOS.
No intentes detenerlos si usan la fuerza. Diles que no tienen permiso para entrar. Trata de obtener sus nombres y grabarlos si es seguro hacerlo.
5. SI TIENEN UNA ORDEN JUDICIAL.
Pueden entrar con una orden judicial, pero solo pueden buscar a las personas o los objetos en la dirección que aparece en la orden.
6. DERECHO A GUARDAR SILENCIO.
Cada persona tiene el derecho a guardar silencio bajo la quinta enmienda de la constitución de EE. UU. Tienes derecho a hablar con tu abogado o consulado (si es seguro hacerlo para los solicitantes de asilo) antes de decir cualquier cosa, incluyendo tu nombre, dónde naciste o cualquier otra información. No mientas ni presentes documentos falsos.
Si tu o tus seres queridos son arrestados, tienen el derecho a guardar silencio. No firmen nada que no entiendan. Si son acusados de un delito penal, se les asignará un defensor público. Estar aquí sin documentos es una infracción civil (no criminal). Si están bajo custodia migratoria, pidan hablar con su consulado o un abogado, si tienen uno, y darles el número “A” en su pulsera para que puedan ayudarle. Si han estado aquí menos de 2 años, pueden estar sujetos a una expulsión expedita sin juicio. Si han estado aquí más tiempo, muestran evidencia como una licencia de California.
ENLACES ÚTILES
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- Localizar a alguien en la cárcel del condado: calsheriffs.org/directory/offices/sheriffs.html
- Localizar a alguien en custodia migratoria: locator.ice.gov
- Servicios legales de inmigración (no detenidos): immigrationadvocates.org/legaldirectory
- Programa de Defensa Legal para Inmigrantes en el Condado de San Diego (detenidos): 619-446-2883
- Estado del caso y audiencias de la corte de inmigración: 800-898-7180 | acis.eoir.justice.gov
- Servicio de referencia de abogados privados: bit.ly/lawyer-directory
- Asistencia consular mexicana: 520-623-7874, www.gob.mx/ciam
- Lista de otros consulados: bit.ly/embassycontacts
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Tus derechos y responsabilidades al estar preparado
Las emergencias ocurren, a menudo cuando menos las esperamos. Es tu derecho y responsabilidad mantenerte informado y crear un plan de emergencia para ti y tu familia, para defender tus derechos, y los de ellos, antes de que tu familia se vea afectada. Crear un plan de emergencia es fácil. Solo sigue estos tres sencillos pasos:
REÚNE, CREA y COMPARTE.
REÚNE información clave, incluidas las que se enumeran a continuación, y mantenla en un lugar seguro y accesible:
- Documentos (certificados de nacimiento, pasaportes, etc.), contactos importantes y recursos.
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Documento legal que otorgue autoridad a tu cónyuge u otra persona a elegir para que pueda tomar decisiones por ti.
- Ejemplo: Con un poder legal firmado por ti, tu cónyuge podría vender tu automóvil, incluso si el título está a tu nombre.
- Documentos legales que te ayudarán a prepararte para una separación a largo plazo. Considera seleccionar a un miembro de la familia o un amigo de confianza para que sirva de tutor temporal para tus hijos.
- Formulario G-28: Este formulario le permite obtener representación legal antes de necesitarla. Tu lo firmas, pero un abogado no tiene que firmarlo al mismo tiempo. Si te arrestan, el formulario que firmaste facilitará que un abogado se reúna contigo.
CREA el plan y anótalo:
- Escribe el itinerario familiar que incluya la hora de llegada y salida del trabajo, la escuela y las rutas comunes o habituales que tu familia toma para ir a trabajar o a la escuela.
- Haz una lista con la información de contacto de familiares y amigos que pueden ayudar si algún miembro de la familia es detenido.
COMPARTE con miembros de la familia de confianza:
- Lleva a cabo una reunión familiar con tu pareja e hijos, y explica calmadamente cuáles son los riesgos reales de una deportación.
- Revisen el plan juntos y asegúrate de que cada miembro de la familia sepa lo que tienen que hacer en caso de una emergencia.
Para obtener más información sobre cómo crear un plan de preparación familiar, haz clic aquí.
Tus derechos en California
SB 54 ‘The California Values Act’
El 5 de octubre de 2017, el gobernador de California Jerry Brown firmó la Senate Bill 54, que luego entró en vigencia el 4 de enero de 2018 (aunque algunas disposiciones no entrarán en vigencia hasta octubre de 2018). La SB 54 prohíbe a las agencias estatales y locales de California, incluyendo departamentos de policía escolar, usar dinero o personal de agencias o departamentos para investigar, interrogar, detener, detectar o arrestar personas con fines de imposición de inmigración, creando espacios más seguros para las familias inmigrantes dentro de sus comunidades, en áreas tales como escuelas, centros de atención médica y juzgados.
Bajo la SB 54, la policía local NO PUEDE preguntar sobre el estado migratorio o utilizar agentes de inmigración, incluida la Patrulla Fronteriza, como intérpretes. La policía local NO PUEDE hacer arrestos en órdenes de inmigración civil, NO PUEDEN retener por inmigración y NO PUEDEN compartir información personal sobre individuos, como domicilios o direcciones de trabajo, con ICE, a menos que la información esté a disposición del público. Las autoridades locales tiene PROHIBIDO notificar a ICE las fechas de liberación o transferir a las personas a la custodia de ICE, excepto donde lo permita la Ley de Fideicomiso.
Tu Derecho a la atención médica
En California, Medi-Cal completo ha extendido a TODOS de bajos recursos, sin importancia a su estatus migratorio. Para inscribirte, puedes hacer lo en persona a la oficina del condado, llamar 1-866-262-9881 para hacer una cita, o hacerlo en linea aqui.